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Revista digital
INFORME
16.08.2016

PRINCIPIOS RECTORES PARA UNA CIUDAD POR LOS DERECHOS HUMANOS

Por Carta Mundial
Los principios rectores para una ciudad por los Derechos Humanos fueron adoptados el 17 de mayo de 2014 en el Foro Mundial de Ciudades por los DD.HH, en Gwangjú (Corea).

Los participantes del Foro se reunieron en la ciudad coreana entre el 15 y el18 de mayo de 2014 para aprobar los siguientes principios:

  1. Reafirmando que los derechos humanos son universales, indivisibles, interdependientes e interrelacionados;

       2. Reconociendo que todos los niveles gubernamentales -nacional, regional y local- tienen la obligación de proteger, respetar y cumplir todos los derechos humanos en su mandato y competencia; 

  1. Reconociendo que la ciudad por los derechos humanos es una comunidad urbana que aplica el enfoque basado en los derechos humanos a la gobernanza local; 
  1. Reconociendo que la ciudad por los derechos humanos es un proceso abierto y participativo en el que todos los actores están comprometidos con el proceso de implementación y la toma de decisiones para mejorar la calidad de vida en el contexto urbano; 
  1. Reconociendo que la ciudad por los derechos humanos es un marco para cultivar una ciudad inclusiva y equitativa basada en principios de derechos humanos; 
  1. Reconociendo que la ciudad por los derechos humanos tiene una responsabilidad concreta de aplicar un enfoque basado en los derechos humanos en la gobernanza municipal, reconociendo a la vez diferentes formas y funciones en cada país, de conformidad con su marco constitucional y legal; 
  1. Reconociendo que el derecho a la ciudad es una herramienta estratégica para que las personas ejerzan sus derechos de disfrutar de una vida digna participando activamente en el contexto urbano; 
  1. Reconociendo que el derecho a la ciudad tiene en cuenta los intereses comunes para un uso medioambientalmente equilibrado y socialmente justo del espacio urbano por encima del derecho individual a la propiedad; 
  1. Reconociendo que el derecho a la ciudad asegura pleno acceso a los servicios básicos, entre ellos, alimentación, vivienda, energía, movilidad, así como a instalaciones públicas adecuadas, asequibles, aceptables y adaptables; 
  1. Teniendo en cuenta que los Principios rectores de Gwangjú para una Ciudad por los Derechos Humanos (en adelante, “Principios de Gwangjú”) son el resultado de una serie de reuniones consultivas celebradas en los WHRCF de 2012 y 2013 entre expertos coreanos e internacionales; 
  1. Teniendo en cuenta que los Principios de Gwangjú identifican los componentes clave de la ciudad por los derechos humanos en términos de valores, principios, instituciones e implementación de políticas; 
  1. Reconociendo que los Principios de Gwangjú son un instrumento para reforzar los compromisos con la visión de la ciudad por los derechos humanos, tal como se han articulado en el WHRCF de Gwangjú (Corea), desde 2011; 
  1. Reconociendo que los Principios de Gwangjú son una guía para la formulación de políticas para implementar la Carta de Gwangjú por los Derechos Humanos, adoptada en mayo de 2012; 
  1. Reconociendo que los Principios de Gwangjú son un documento dinámico que se debe implementar y revisar de manera progresiva y regular; 

Adoptamos los principios siguientes como los Principios rectores de Gwangjú para una ciudad por los Derechos Humanos: 

Principio 1. Derecho a la ciudad

   La ciudad por los derechos humanos respeta todos los derechos humanos reconocidos por los correspondientes principios y normas internacionales vigentes en materia de  derechos humanos, como la Declaración Universal de Derechos Humanos y las  constituciones nacionales.

   La ciudad por los derechos humanos trabaja para conseguir el reconocimiento y la implementación del derecho a la ciudad en consonancia con los principios de justicia social, igualdad, solidaridad, democracia y sostenibilidad. 

Principio 2. No discriminación y discriminación positiva

   La ciudad por los derechos humanos respeta el principio de igualdad y equidad entre todos los habitantes de sus fronteras administrativas y fuera de estas.

   La ciudad por los derechos humanos implementa la política de no discriminación, que incluye políticas relacionadas con el género así como discriminación positiva para disminuir la desigualdad y empoderar a los grupos marginados y vulnerables incluyendo a los inmigrantes y a las personas que no tienen reconocida la ciudadanía. 

Principio 3. Inclusión social y diversidad cultural

   La ciudad por los derechos humanos respeta los valores de la inclusión social y la diversidad cultural sobre la base del respeto mutuo entre comunidades de diferentes orígenes raciales, religiosos, lingüísticos, étnicos y socioculturales.

   La ciudad por los derechos humanos aplica un enfoque sensible a los conflictos con el objetivo de promover la diversidad cultural, que es crucial para la promoción y la protección de los derechos humanos. 

Principio 4. Democracia participativa y gobernanza responsable

   La ciudad por los derechos humanos defiende los valores de la democracia participativa, la transparencia y la rendición de cuentas.

   La ciudad por los derechos humanos establece mecanismos efectivos de rendición de cuentas que aseguren los derechos a la información pública, la comunicación, la participación y la decisión en todas las etapas de la gobernanza local incluyendo la planificación, la formulación de políticas, la elaboración de presupuestos, el seguimiento y la evaluación. 

Principio 5. Justicia y solidaridad sociales y sostenibilidad

   La   ciudad   por   los   derechos   humanos   respeta   los   valores   de   justicia   y   solidaridad socioeconómicas y sostenibilidad ecológica.

   La  ciudad  por  los  derechos  humanos  promueve  la  solidaridad  social  y  el  consumo  y  la producción sostenibles como medios para mejorar la justicia y la solidaridad socioeconómicas y ecológicas entre comunidades urbanas y rurales dentro y fuera del país. 

Principio 6. Institucionalización y liderazgo político

   La ciudad por los derechos humanos reconoce la importancia del liderazgo político colectivo a alto nivel por parte del alcalde y de los concejales y su compromiso con los valores de los derechos humanos y la visión de la ciudad por los derechos humanos.

   La ciudad por los derechos humanos asegura una continuidad a largo plazo a través de la institucionalización de programas y presupuestos debidamente dotados de recursos. 

Principio 7. Transversalización de los derechos humanos

   La ciudad por los derechos humanos reconoce la importancia de integrar los derechos humanos en las políticas municipales.

     La ciudad por los derechos humanos aplica un enfoque basado en los derechos humanos a la administración municipal y la gobernanza, que incluye la planificación,  la formulación de políticas, la implementación, el seguimiento y la evaluación. 

Principio 8. Instituciones efectivas y coordinación de políticas

   La ciudad por los derechos humanos  reconoce el papel de las instituciones públicas  y la importancia de la coordinación y la coherencia de las políticas en materia de derechos humanos en el gobierno local, así como entre el gobierno nacional y el local.

   La ciudad por los derechos humanos establece instituciones efectivas e implementa políticas con personal y recursos adecuados, incluyendo oficina de derechos humanos, plan de acción local  básico,  indicadores de derechos  humanos  y evaluación  del  impacto  de los  derechos humanos. 

Principio 9. Educación y formación en derechos humanos

   La ciudad por los derechos humanos reconoce la importancia del aprendizaje y la educación en materia de derechos humanos como medios para fomentar una cultura de derechos humanos y paz.

   La ciudad por los derechos humanos desarrolla e implementa diversos tipos de programas de educación y formación en derechos humanos para todos los titulares de deberes y de derechos y para otros interesados. 

Principio 10. Derecho a la reparación

   La ciudad por los derechos humanos reconoce la importancia del derecho de reparación de manera efectiva.

   La ciudad por los derechos humanos establece mecanismos y procedimientos adecuados, entre ellos defensor del pueblo o comisión municipal de derechos humanos, con ánimo de enmienda, incluyendo medidas preventivas, y mediación, arbitraje y resolución de conflictos.