PensarJusbaires
Revista digital
CLASE MAGISTRAL
11.04.2019

REFLEXIONES CRÍTICAS SOBRE MAGISTRATURA Y MULTIMEDIA

Por Roberto Andrés Gallardo
El autor reflexiona para Pensar Jusbaires sobre la incidencia mediática en los procesos judiciales, y la influencia que ejerce la “opinología” periodística en la sociedad generando condenas públicas sobre los implicados y el rol de los jueces, antes y después de los pronunciamientos.

Gran parte de nuestro tiempo como operadores del derecho lo hemos pasado divorciados de la multimedia[1]. Fuimos formados en una escuela capsular y por cierto, impregnados por ese manto que nos hacía infalibles y superiores. No necesitábamos de los medios de comunicación. Ellos difundían nuestras resoluciones cuando les resultaban importantes.

Parte de la causa de ese divorcio estribaba en la comodidad de los jueces al no tener que “dar la cara” por sus decisiones. “Los jueces hablan por sus sentencias”, era el latiguillo utilizado para no responder preguntas de la prensa y de paso evitar la ingrata tarea de “explicar” al “justiciable” o a la sociedad el contenido de las resoluciones.

Pero la revolución tecnológica, la globalización comunicacional y el poderoso avance de las redes y la multimedia, nos pasaron por encima y pese a todas las resistencias el paradigma del juez mutó al compás de los nuevos tiempos[2].

Cuando algunos tomamos la vanguardia a comienzos del siglo XXI y empezamos a fundamentar públicamente las posturas o intentamos dar un lenguaje más comprensible a los resolutorios, fuimos duramente criticados desde dentro y desde fuera del poder judicial.

 Algunos colegas conservadores veían con cierto desprecio la actitud de salir a dar la cara frente a la sociedad, cuando las sentencias resultaban polémicas o no se comprendían cabalmente. Las autoridades políticas a su vez, recelaban de un espacio cuyo monopolio empezaban a perder. Recuerdo que, por entonces, un prestigioso profesor de Derecho Administrativo me dijo en tono de reproche que “un buen juez es como un buen árbitro de fútbol, no se debe ver durante el partido, ni después”. Razonamiento interesante, pero parcialmente cierto.

Pasaron casi veinte años y creo que la vertiginosidad de los acontecimientos nos ha dado la razón y nos interpela. La cápsula se rompió.

Estamos interactuando diariamente con la multimedia y con las redes[3]. Somos un poder frágil y dependiente de una sociedad que nos ve conforme se nos hace ver, con todos los riesgos que ello implica. La multimedia le ha marcado la agenda a la democracia[4] en infinidad de casos y lo sigue haciendo. El poder judicial no escapa a esa dinámica y el desafío es cómo poner un límite a una situación que nos supera y se descontrola en varias direcciones.

En estas breves reflexiones, me propongo identificar y describir cuatro de los cuadros más preocupantes en la actual relación entre la justicia y la multimedia. Por cierto que no son los únicos, ni su orden obedece a jerarquía alguna.

 

La sentencia anticipada. El linchamiento[5] mediático de los imputados

Tal vez el llamado periodismo de investigación fue la punta de lanza. Las cámaras ocultas de los canales de televisión, la infiltración de personajes, la eventual demostración anticipada de un ilícito. Luego, la denuncia judicial y al unísono la emisión de un “programa” especial en donde todo lo “probado” quedaba expuesto socialmente. Se instaló allí la discusión sobre la validez probatoria de esas investigaciones, pero no era eso lo único importante sino lo que tímidamente comenzaba a insinuarse: el linchamiento anticipado de los “investigados” que eran escrachados públicamente antes de que el poder judicial tomase cartas en el asunto y eventualmente los condenase[6].

Lo cierto es que en la actualidad el mecanismo de linchamiento mediático de los protagonistas de una causa judicial se ha perfeccionado y es además moneda corriente. Sin ningún respeto por el devenir de un proceso judicial tendiente a determinar la eventual falta jurídica, los medios imputan, consideran probado y condenan a las personas por las más diversas situaciones. Ya no se trata de cubrir un “hecho” sino de relatarlo y conjeturar sobre su causalidad y ocurrencia.

La actividad periodística ha exacerbado su misión, mezclando datos informativos con opiniones y comentarios, confundiendo, al punto que el receptor no sólo considera conocer el hecho en sí, sino que también se asume conocedor de su motorización y consumación.

Violaciones, asesinatos, estafas, hechos de corrupción, son abordados por la prensa masiva en forma ligera y superficial, mencionando la identidad de los “supuestos” autores de los hechos ilícitos y hasta en algunos casos filtrando sus rostros en las pantallas de televisión o internet. Los “condenados” por la massmedia, son calificados con duros términos y expuestos al escarnio público durante días, semanas o meses según el rating que tiene el caso en cuestión. Un verdadero circo romano tecnológico[7].

La condena social es la peor de todas: El desprecio de los pares, de los vecinos, de los conocidos. El alejamiento, el cerco, el aislamiento de los “culpables”. No hay recurso alguno contra la condena social cuando ya está consumada. No hay revocatoria ni apelación. Aun cuando luego se probase en sede judicial la inocencia, el condenado socialmente ya está muerto y bien muerto.

Los linchamientos, previos a un proceso judicial, sólo tienen sustento validante cuando el poder judicial no ha operado o lo ha hecho inadecuadamente o cuando de antemano se conoce la futura impunidad[8] de los autores en razón de su poder económico o político.  La sociedad condenaba a Videla antes de que se lo juzgara pues sabía de sus actos y de la impunidad que la dictadura le brindaba. La sociedad condenó al sistema feudal de Catamarca cuando fue asesinada María Soledad Morales porque se sabía que existía una trama de encubrimiento e impunidad.

Pero hoy se ha puesto de moda el linchamiento mediático aún sin extremos de inoperancia judicial o de impunidad comprobada de los supuestos autores de los hechos ilícitos. Antes de todo proceso, incluso antes de las denuncias judiciales o de las presentaciones de rigor, se instala el linchamiento mediático.

Éste, sin  ese sustento validante es doblemente nocivo y peligroso. Destruyen el nombre y el honor de las personas linchadas, sin posibilidad alguna de reversión efectiva y condicionan a los tribunales que oportunamente tendrán intervención ya que abordarán los casos en un marco de presión social muchas veces intolerable.  La acción devastadora de la multimedia destruye literalmente el derecho de defensa de los supuestos autores y pone en duda la independencia de los magistrados en tanto les marca un camino cuya elusión impone altísimos costos para su carrera judicial y la estima social. 

 

La revocación mediática. El linchamiento del juez.

Existen otros casos en los cuales la acción de la multimedia es posterior al proceso, o sea al momento del dictado de la sentencia. No divulgó datos de los hechos al verificarse su comisión, pero se encarga de difundir la resolución judicial cuestionando abiertamente su contenido.

Vale efectuar algunas aclaraciones ya que podría entenderse que no admito la crítica de las resoluciones judiciales. Nada más lejos de mí. La que no me parece apropiada, es  la crítica que proviene de operadores multimediáticos que no leen las decisiones que critican, que las leen en forma incompleta o que lisa y llanamente no las comprenden.

Hay que reconocer que muchos periodistas y comunicadores no especializados, carecen de elementos de juicio para evaluar seriamente un decisorio judicial.

Una cosa es la opinión de una persona de a pie, que por cierto puede tener un pensamiento contrario a determinada decisión judicial y otra cosa muy diferente es la insidiosa actitud de  formadores de opinión que basándose en lecturas incompletas, sesgadas, tergiversadas y  muchas veces incomprendidas, influyen sobre miles de personas que los siguen a diario denostando a los jueces y erosionando la credibilidad del sistema judicial[9].

Las decisiones judiciales tienen aspectos técnicos y políticos. Ambos pueden a su vez ser susceptibles de apreciaciones o valoraciones técnicas y políticas. Las primeras sólo pueden ser válidamente pronunciadas por personas formadas técnicamente y solventes.

Yo puedo lamentarme si un familiar o amigo queda con secuelas producto de una intervención quirúrgica, pero bajo ningún concepto puedo temerariamente evaluar la conducta médica al nivel de un perito especializado o como un tribunal de ética; lisa y llanamente porque carezco de idoneidad técnica para hacerlo. Lo mismo ocurre con la decisión judicial.

El opinólogo de turno puede no estar de acuerdo políticamente con el contenido de una sentencia, pero carece de formación como para poder cuestionarla técnicamente. Para eso están los tribunales superiores, las vías recursivas y en su oportunidad, la academia.

Cada vez con mayor frecuencia la multimedia “revisa” los fallos que van contra la “agenda” y los “revoca” socialmente. Es muy útil pensar quién y para qué diseña esa “agenda”. Los opinólogos claro está, no son los redactores de la agenda, son sólo engranajes pequeños de una trama mucho mayor y por cierto muy poderosa.

En los últimos meses hemos tenido a la vista varios casos de linchamiento de jueces producto de sus decisiones. No estuvieron ajenos a esas operaciones algunos personajes de la política y autoridades gubernamentales[10].

Casi como una sincronización planificada, los agoreros de la prensa y los políticos de turno, se nutren recíprocamente para despedazar mediáticamente a los jueces que no responden a sus expectativas. Ponen motes, sugieren patologías mentales, denuestan, amenazan, denuncian y disciplinan a los magistrados mediante el escarnio público. El mensaje es claro “todo aquel que no actúe como nosotros consideramos correcto será castigado”. Poco importa si el juez actuó conforme a la ley, aplicando el derecho vigente, o respetando las garantías constitucionales. Lo importante es que el resultado sea el esperado por el populismo demagógico conservador imperante.

Entre los operadores multimediáticos, sobresalen algunos que temerariamente hasta exponen a los magistrados con fotos, informan públicamente sus domicilios y brindan sus teléfonos, incitando a las audiencias a llamar y molestar a los jueces que no sentencian como ellos desean[11]. ¿Qué calidad institucional puede tener un país en donde tres o cuatro energúmenos vestidos de comunicadores sociales erosionan los cerebros de la sociedad en base a difamaciones, tergiversaciones y falsedades? ¿Cuáles son los recursos de los que dispone el Poder Judicial para limitar estas acciones depredadoras?

No existe para los magistrados linchados derecho a réplica oportuno y de dimensiones análogas a las del linchamiento perpetrado. De verificarse, es generalmente tardío y ostensiblemente menor al utilizado para el “escrache”.

Sería hora de revalidar nuestra misión y asumir claramente que no estamos nominados para agradar y mucho menos para obedecer mandatos  oscuros de dudoso origen. Los consejos de la magistratura[12] deben garantizar la independencia de la judicatura, evitando bajo todos los medios legales a su alcance la consumación de linchamientos de magistrados.

No alcanza con las quejas de los colegios de jueces. Deben ponerse en movimiento los resortes institucionales previstos  y los que hacen de la comunicación social un arma extorsiva deben ser sancionados.

 

La falsificación documental. El linchamiento de la sentencia.

Un tercer caso paradigmático es el de la lisa y llana comunicación falsificada de una resolución judicial. Existen varias formas de comunicar falsamente[13]: seccionar el contenido y sólo hacer pública una parte de la resolución, dar a las palabras utilizadas un sentido diferente al que le otorgó quien resolvió, ampliar o reducir deliberadamente el conjunto de efectos que la decisión conlleva, etc, etc. En todos los supuestos lo que se persigue es generar una repulsa social contra una decisión que, en caso de haber sido comunicada en forma adecuada, hubiera sido aceptada o al menos no resistida por la opinión pública.

Son pocos los medios que a sus notas de cobertura agregan los textos completos de los decisorios. Pese  al esfuerzo desplegado por las nuevas oficinas de prensa del Poder Judicial (por ejemplo el CIJ en el Poder Judicial de la Nación e Ijudicial en el ámbito de la CABA), las más de las veces los relatos periodísticos suplen a los textos que los jueces firmamos.

El periodista especializado[14], otrora radicado en los tribunales y conocedor de la materia y de los operadores judiciales, se reemplazó por el “showman” que genera ráting haciendo foco en la parte morbosa de la cobertura y en los aspectos supuestamente escandalosos de algunos decisorios.

Al fin y al cabo, cuanto más desinformada e inculta resulte la opinión pública, mayor será el margen de maniobra para todos aquellos que eluden la ley. De esta manera, bajo el pretexto de la información se desinforma y se hace insustancial el mensaje trascendente.

 

El law fare. El linchamiento político.

Una nueva forma de guerra se mueve en el mundo. Se denomina guerra de cuarta generación. (4GW). Hablamos aún muy poco en nuestro país sobre ella, aunque ya en el mundo lleva más de dos décadas de vigencia (¿que fue el 9-11 sino su presentación formal?). Las guerras clásicas quedaron desplazadas y ahora los recursos utilizados tienen que ver con la manipulación mediática de las poblaciones y  la generación del caos interno en los estados, que hace innecesario el uso de recursos bélicos de ataque, y los sustituye por supuestas “operaciones humanitarias” posteriores a la violencia inducida.

Claros episodios son los de Irak, Libia o Siria. Miles de personas fueron arrastradas a actuar en conflictos internos. El poder mundial miró desde afuera, criticó e instaló las imágenes desoladoras de un escenario creado. Luego, cuando la opinión pública internacional quedó adecuadamente sensibilizada, intervino con fuerzas “pacificadoras” y restauradoras del orden y de los Derechos Humanos. ¿Acaso no es el escenario que se monta en Venezuela hoy, más allá de la estima que se pueda o no tener por Nicolás Maduro?

Dentro de la guerra de cuarta generación hay un capítulo específico para identificar lo que nos interesa aquí: el lawfare[15], o batalla jurídica. Sencillamente el uso de normas jurídicas, del aparato judicial y de la multimedia, para modificar escenarios políticos que el poder central considera adversos o amenazantes para sus intereses.

Nuestra región sudamericana fue sacudida en los últimos tiempos por varias operaciones: el 1º de septiembre de 2016 el Senado de Brasil destituyó a Dilma Rousseff de la presidencia del país , el 24 de enero de 2018 el Tribunal Supremo de Brasil ratifica la sentencia contra Lula Da Silva, en Ecuador el 3 de julio de 2018 un tribunal dicta una orden de prisión y captura internacional contra el ex presidente Rafael Correa, las operaciones sobre Evo Morales en Bolivia y localmente las causas contra la ex Presidenta Cristina Fernández, que entre el 2 de noviembre de 2017 y el 6 de marzo de 2018 recibió tres procesamientos judiciales, dos por presunta corrupción y uno por interferir, presuntamente, en la investigación del atentado a la AMIA .

Ningún observador, por más ingenuo que resulte, puede abstraerse del hecho que “todos los países insertos en procesos populares” sufrieron idénticas operaciones judicial-mediática. ¿No indicaría esto que estamos ante una nueva forma de intervención regional de los Estados Unidos?

Simplificando: Dilma es desplazada supuestamente por haber modificado el destino de partidas presupuestarias, Lula presidente del Brasil por más de una década y claro gestor del engrandecimiento económico y social del país hermano (hoy sexta potencia económica mundial), es acusado por corrupción por estar vinculado (ni siquiera se acreditó su titularidad) a un triplex de dudosa suntuosidad, Correa forzado a exiliarse por falsas imputaciones, Evo por supuestas paternidades no declaradas, Cristina acosada judicialmente por diversas causas que nunca terminan de involucrarla pero que la erosionan progresivamente. En todos los casos el común denominador es impedir la prosecución de los gobiernos populares y progresistas en Sudamérica.

El rol de algunos operadores del poder judicial es claro. Utilizar la normativa vigente para “forzar” datos fácticos y generar una creciente sensación pública de culpabilidad de los personajes políticos apuntados. De esta forma se logra “corregir” a piacere el escenario político electoral y digitar sus resultados.

No son necesarios ya los golpes de estado, ni los ejércitos que actuaban contra el enemigo interno (antigua doctrina de Seguridad Nacional del Departamento de Estado), la conjunción de jueces y multimedios, garantiza los mismos resultados a un costo más bajo y con adhesión social garantizada.

¿Alguien seriamente ha estudiado los decisorios más trascendentes de la causa del “Memorándum” o ahora la de los nunca hallados “cuadernos” para poder comprender la evidente trama de disfuncionalidad normativa que los sustenta?

¿Quién puede explicar el rol de ciertos periodistas que “conocen” más que los propios jueces y los “nutren” de información para que procedan las diligencias probatorias?

El objetivo es esmerilar, disciplinar, erosionar y destruir la figura política que se considera riesgosa. Una vez destruida políticamente poco importará si finalmente es condenada o si las pruebas no alcanzaron… el fin estará cumplido. ¿O acaso alguien recuerda hoy a las supuestas “armas químicas” de Saddam Hussein?

La operatoria multimediática tiene precisión quirúrgica. Todos los que osemos dudar de los jueces “probos” que inician esta “cruzada por la pulcritud pública” seremos sospechados de corruptos o afines al poder de los corruptos. La descalificación es inmediata e implacable. El “por algo será”[16] sigue vigente, con otras formas y bajo otros medios. La desaparición física, es ahora reemplazada por la desaparición mediática. Puedo seguir físicamente vivo, pero social y políticamente estoy muerto.

Los que no participamos de ese nuevo grupo de tareas[17] de la elite judicial, tenemos que asumir adecuada conciencia de lo que ocurre y hacer todo lo que esté a nuestro alcance para preservar la institucionalidad y el rol auténtico del Poder Judicial que no es ni más ni menos que garantizar la paz social, el goce efectivo de los Derechos Humanos y el respeto irrestricto por la Constitución Nacional,  la autodeterminación de los pueblos y  la soberanía popular canalizada a través de la dinámica democrática participativa.

Poco importa lo que cada uno de nosotros haga con su ideología o su preferencia política,  la discusión no pasa por la ponderación de las personas que son objeto de las operaciones de LAWFARE, sino por las propias operaciones de LAWFARE.

Si Lula, Cristina, Dilma, Evo o quien fuere deben ser castigados políticamente debería ser resuelto por el pueblo en las urnas y no por jueces -que luego son designados ministros en los gobiernos surgidos espuriamente[18]-  mediante procesos de dudosa legalidad.

La modificación fáctica de los escenarios políticos mediante la dupla judicial-mediática, es una de las peores amenazas que se ciernen sobre las debilitadas democracias modernas. Es un fenómeno que nos obliga a estudiarlo, denunciarlo y neutralizarlo.

 

Francisco y “coprolandia”

El Papa Francisco, que es atacado sistemáticamente por la multimedia operada por los sectores conservadores de la Iglesia y por los grupos concentrados de la economía mundial que hacen del descarte de seres humanos su deporte preferido, ha introducido un interesante marco caracterizador para definir a quienes comunican falsificando y quienes viven consumiendo este tipo de información.

Nos habla de los coprofílicos y los coprofágicos. Los que hacen de la información un conjunto de heces y los que regularmente se nutren de esas heces.

Estos personajes de coprolandia, tienen naturalmente y como hemos visto, notable incidencia sobre el derrotero de la praxis judicial.

Nuestro desafío es cómo poder ejercer dignamente nuestros cargos mientras estas usinas de degradación humana existen y operan. Si no logramos imponernos, la sociedad corre el serio riesgo de que los futuros conflictos se diriman finalmente en un set de televisión y que la democracia tal como la concebimos se transforme en un capítulo cerrado de la historia.

 

*Juez Contencioso Administrativo y Tributario de la CABA y Profesor regular de Teoría del Estado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.

 

NOTAS:

[1] Denominamos así a un sistema que conjuga varios medios (imagen, sonido, texto, videos, etc) para transmitir una información.

[2] La Comisión Iberoamericana de Ética Judicial aprobó el 16 de marzo de 2018 en Santo Domingo (República Dominicana) el dictamen titulado «Consideraciones éticas respecto del relacionamiento entre los jueces y los medios de comunicación». Este dictamen se basa en el Código Iberoamericano de Ética Judicial  que fue adoptado en 2006 y tiene en cuenta otros Códigos, universales, como los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial de 2002, y europeos, como la Declaración de Londres sobre Ética Judicial de 2010, al Código Ético de los Jueces Españoles de 2016  y al Código de conducta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que está en vigor desde 2017.

[3] En palabras de JEFF JARVIS se trata de una “Publificación”, es decir, una nueva forma de “compartir información, pensamientos, acciones, o bien, de reunir a un grupo de personas para que puedan compartir ideas, causas o necesidades”, tal como lo estamos haciendo en las redes sociales, pues, a través de las mismas podemos compartir y develar información que sólo nos concierne a nosotros mismos.

[4] La investigación sobre la teoría de la agenda setting se cristaliza con el artículo de McCombs y Shaw “The Agenda Setting Function of Mass Media” aparecido en Public Opinión Quarterly (1972) el cual daría inicio al rápido desarrollo de esta modalidad de investigación. McCombs y Shaw (1972) definen la función de Agenda Setting como el resultado de la relación que se establece entre el énfasis manifiesto por el tratamiento de un tema por parte de los medios y la prioridades temáticas manifestadas por los miembros de una audiencia tras recibir los impactos de los medios.

[5] En el 2013, Ecuador en su Artículo 26 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), tipificó el Linchamiento Mediático como: “la difusión de información que, de manera directa o a través de terceros, sea producida de forma concertada y publicada reiterativamente a través de uno o más medios de comunicación con el propósito de desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública.” La Ley de Comunicación establece que la sanción administrativa aplicada al “linchamiento mediático” no excluye la posibilidad de que “los autores de la infracción respondan por la comisión de delitos y/o por los daños causados y por su reparación integral”.  (Erazo, 2013).

[6] Así mismo, Erazo (2013) menciona que una de las cualidades más perversas del Linchamiento Mediático radica en su impunidad pública masificada. Las calumnias, las mentiras, los rumores, los chismes… las pruebas falsas y en general todas las agresiones se viralizan cuando se producen ante un público, sin fronteras y ni mesura posible. Por lo cual resulta imposible reparar un daño que hace metástasis en un ambiente cargado de morbo, procacidad e impunidad sistémica.

[7] El grado de peligrosidad del Linchamiento Mediático, reside en la magnitud del daño social ocasionado a las víctimas a través de una conducta aparentemente filantrópica, pero que realmente sólo sirve al interés de un grupo reducido de personas, obviando la peligrosidad presunta que corresponde al legislador determinar en su papel de administrador de la justicia, asumiendo así, que el Linchamiento Mediático surge bajo un enfoque crítico ante los fenómenos antisociales, pero que en realidad entorpece la aplicación de la justicia y desvirtúan la certeza jurídica que garantizan los derechos fundamentales establecidos en nuestra Constitución (ver https://www.otromundoesposible.net)

[8] Ver: https://www.cels.org.ar/web/wp-content/uploads/2016/10/IA1997-1-La-impunidad.pdf

 

[9] Refiriéndose al “garantismo” y a los jueces cultores de ese movimiento, ver las palabras del Fiscal Germán Moldes para el matutino Clarín:  https://www.clarin.com/opinion/leyes-blandas-jueces-garantistas-profesionales-delito_0_BkZ4QTmSM.html

[10] El titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia de Menores N° 7, Enrique Gustavo Velázquez, quien procesó y embargó al policía Luis Oscar Chocobar fue denostado por el Presidente de la Nación, por la Ministra de Seguridad y por la multimedia Clarín-La Nación-Infobae, Patricia Susana Guichandut  a cargo del Juzgado Criminal y Correccional número 62, fue duramente criticada por funcionarios nacionales y locales y acosada por el núcleo mediático concentrado. El Gobierno Nacional pidió que se abriera un juicio político contra Diana Cañal y Luis Raffaghelli, por haber dictado una medida cautelar que ordenaba la reinstalación de nueve trabajadores despedidos de la Autoridad Federal de Servicios de comunicación Audiovisual (Afsca) --luego anulada por decreto presidencial--; contra los jueces Graciela Marino y Enrique Arias Gibert, por haber intimado a las cámaras empresarias a que cumplieran con el aumento paritario de los empleados bancarios y recusó a Dora Temis, quien intimó al Ejecutivo provincial a retrotraer los descuentos por día de huelga a los docentes. 

[11] Tales los casos de Baby Etchecopar, Eduardo Feinmann, Luis Novaresio entre otros.

[12] El art. 1ro de la Ley 31, Orgánica del Consejo de la Magistratura de la CABA, indica que una de las funciones del órgano es asegurar la independencia del Poder Judicial.

[13]  Con la transformación digital hemos pasado de un “universo azul” a un “universo negro”, es decir de la navegación somera, la cháchara y el tecleo en las plataformas controladas por las empresas GAFAM (Google, Apple, Facebook, Amazon y Microsoft) a las minas de extracción de información tóxica con fines de manipulación y desestabilización masiva. Debido a esa transformación, descodificar la propaganda en línea resulta complejo, porque se trata de descifrar una forma de ideología disruptiva que, si bien es innovadora en el plano tecnológico, constituye paradójicamente el vector de una revolución conservadora mundial dedicada a crear el caos en los sistemas políticos existentes, en vez de proponer un sistema de pensamiento político progresista. (ver un interesante artículo en : https://es.unesco.org/courier/july-september-2017/informacion-falsa-espiritu-critico )

 

[14] Hoy día la imagen del profesional se aleja mucho de la que tenían los periodistas del siglo XX, ahora éste es un multitarea: hace de todo y, en muchos casos, sin tener los conocimientos adecuados (se ocupa de varios temas de agenda del día, actualiza los perfiles en las redes sociales, sube las noticias a la web, graba un vídeo, edita otro, se va a una rueda de prensa, hace fotos, escribe para la edición en papel y para los suplementos…). Por ello que el permitirse tener en sus filas a un periodista especializado es un lujo para los medios ya que este es capaz de comprender, profundizar, valorar hechos que otros periodistas ignorarían, relacionar los datos con otros que se hayan trabajado anteriormente de manera que no se queden aislados de la realidad social…

Además la especialización del profesional dará lugar a una mayor credibilidad por parte del lector, la labor periodística será más selectiva y se realizara de acuerdo a las normas e intereses del público. Por lo tanto estamos ante orientadores de la opinión pública y reguladores de los mensajes informativos. (ver: https://busquedactualidad.wordpress.com/2015/03/20/periodismo-especializado-vs-periodismo-todo-terreno/ )

 

[15]La legitimidad otorgada al proceso de judicialización de la política emana del consenso sobre la 'corrupción' como problema fundamental de América Latina”. Esta premisa cargada de razón formal fue manifestada por instituciones financieras internacionales y agencias del Gobierno estadounidense promotoras del Ajuste Estructural del Estado en la década de los años 90. Viene siendo utilizada para atacar gobiernos, fuerzas políticas y líderes de izquierdas de América Latina que se oponen a los ajustes neoliberales dictados por el FMI, afirmando que los “populismos de izquierda” presentan un problema de corrupción estructural, omitiendo que la corrupción  es intrínseca al neoliberalismo y a las políticas de ajuste y austeridad. Contra todos los que han puesto en marcha con éxito alternativas a las políticas neoliberales se ha utilizado el 'lawfare', la “guerra jurídica asimétrica”, que ha sustituido la doctrina de la Seguridad Nacional -guerra contra insurgente- que se impartía desde las Escuelas de las Américas. Ahora son judiciales las escuelas desde las que el Norte expande su estrategia para acabar con los gobiernos de izquierdas inhabilitando políticamente a los líderes que pretenden rescatar la soberanía nacional de sus pueblos.    

Guerra jurídica o 'lawfare' es una palabra inglesa correspondiente a una contracción gramatical de las palabras "ley" (Law) y "guerra" (warfare), que describe una forma de guerra asimétrica. Una "guerra jurídica" que se despliega a través del uso ilegítimo del derecho interno o internacional con la intención de dañar al oponente, consiguiendo así la victoria en un campo de batalla de relaciones políticas públicas, paralizando política y financieramente a los oponentes, o inmovilizándolos judicialmente para que no puedan perseguir sus objetivos ni presentar sus candidaturas a cargos públicos. De esta forma describe el 'lawfare' el “Informe del Encuentro de expertos en Cleveland sobre el 11 septiembre y sus consecuencias”, del año 2010.

(ver: https://www.eldiario.es/tribunaabierta/lawfare-guerra-juridica-democracia_6_806029406.html)

[16]

Entre 1976 y 1982 el No te metás, frase que retrata toda una filosofía vital porteña, fue prácticamente la consigna de una sociedad atemorizada y profundamente confundida. La frase se completaba con otro latiguillo verbal -por algo será- cada vez que en el entorno familiar, laboral o amistoso desaparecía un pariente, un compañero, un amigo.Pocos argentinos, por no decir ninguno, -ni siquiera Borges, a quien en plena represión le preguntaron por la lucha antisubversiva y contestó: "Se están comiendo a los caníbales"-, desconocían la barbarie que se estaba perpetrando.

(ver: https://elpais.com/diario/1985/08/18/internacional/493164003_850215.html)

 

[17] «...conocido un "objetivo" o "blanco" (elemento subversivo) o sospechoso de tal, se lo detenía, se lo llevaba a un lugar de interrogatorio y se le daba "máquina" (tortura con picana) extrayéndole información de otros sospechosos, a los que se procedía a detener así, hasta tener todo un "mosaico" o cadena de personas. En algunos casos, esa cadena se cortaba cuando algún detenido se "quedaba" (moría) en la tortura. Recién entonces con un grupo de personas investigadas o un cierto cúmulo de información se elevaba a la Superioridad, tanto a la Jefatura de Policía como a la Jefatura del Área Militar. Esa información iba codificada y partía desde el mismo GRUPO DE TAREAS. En las Comisarías se hacía un "informe reservado" (donde se ponía la verdad del procedimiento) y un Acta 20840 (donde se volcaban los datos que servían para la cobertura de "legalidad" como por ejemplo en los casos de detenidos a los cuales se "cortaba" (mataba) haciendo figurar que habían muerto en un enfrentamiento.»

Nunca Más, Legajo N° 7316 (declaraciones de un Oficial de la Policía de la Provincia de Buenos Aires

 

[18] Caso del juez Moro, en Brasil, hoy ministro del gobierno de Jair “Mesías” Bolsonaro.